CONSEJO ESCOLAR
Es el órgano de máxima autoridad del Centro donde están representados los diferentes miembros de la Comunidad Educativa: padres, maestros y Ayuntamientos.
Su composición, competencias, periodos de reuniones, elección, renovación, etc. vienen determinados por el Real Decreto 82/1996 de enero (BOE de 20 de febrero) en su Título II, Capítulo II, Sección 1º artículos del 8 al 21 inclusive.
COMPOSICIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR
CLAUSTRO
Es el órgano de participación de los maestros en el Centro. Tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y decidir sobre todos los aspectos docentes del mismo.
Sus competencias, periodos de reuniones y asistencia a los mismos viene determinadas en el Título II, sección 2ª,artículos 22,23 y 24 del Real Decreto 82/1996 del 26 de enero (BOE de 20 de febrero).
Está compuesto por la totalidad de maestros/as que prestan servicios en el Centro.
COMPOSICIÓN DEL CLAUSTRO